PORTAL DE TRANSPARENCIA – HARRY’S BAR

PORTAL DE TRANSPARENCIA – HARRY’S BAR

INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

SISPLAU INVEST, S.L., es una empresa constituida ante el notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, don Roberto Jesús Cutillas Morales el 19 de mayo de 2.003.

Inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, al tomo 2467, folio 055, hoja número TF-31.489, inscripción 1ª.

Su objeto social, “Establecimiento de Bebidas” CNAE 5630.

La actividad económica la constituye la explotación de un Cocktail Bar, ubicado en Playa de Las Américas, en la conocida “Milla de Oro de Tenerife”. HARRY’S BAR.

Una historia que nace en el 2003, y que año tras año se ha ido consolidando, hasta llegar en la actualidad, en donde HARRY’S (denominación social), es un lugar de referencia y alta calidad en la isla de Tenerife, para tomar una copa, bailar, disfrutar de los deportes preferidos, música en vivo, etc., en un entorno único, con una alta profesionalidad a destacar en el servicio.

Este reconocimiento, es fruto del esfuerzo y dedicación mostrada desde un inicio por los gerentes de la empresa, pero sobre todo el compromiso que en todo momento ha mostrado el equipo humano.

La empresa da trabajo a una media de 20-25 empleados directos, y al mismo tiempo dispone de contratos de servicios con empresas, para el desarrollo también de la actividad.

SISPLAU INVEST, S.L., es una sociedad mercantil que se rige por las siguientes normativas:

Sede Registradores .

Boletín Oficial Del Estado BOE-A-2013-12887.

Boletín Oficial del estado BOE-A-2015-1114

Boletín Oficial Del Estado BOE-A-2013-12887

Más información al respecto: Transparencia canarias

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD

Ver estatutos

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS 

Administradores Solidarios:

  • Joaquín Gómez Clapes.
  • José Clapes Gómez

Dirección establecimiento:

  • Aida Diop

INFORMACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA

Cuentas anuales

SISPLAU INVEST, S.L. en 2021 y 2022 cumplió con su obligación legal de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ser solicitadas en dicho registro.

(Enlace para la solicitud: Deposito de Cuentas ).

Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización

La entidad no está sometida a la obligación de ser auditada al no cumplirse con los requisitos preceptuados en el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 2 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, no estando obligada a someter sus cuentas anuales ni en su caso, los informes de gestión a un informe de auditoría:

“Artículo 263. Auditor de cuentas.

  1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberá ser revisados por auditor de cuentas.
  2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
  3. a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
  4. b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
  5. c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.

  1. En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exceptuadas de la obligación de auditarse si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en el apartado anterior.”

Contratos o convenios formalizados con administradores públicos.

Sisplau Invest SL., en 2021 no tuvo contratos o convenios suscritos con las administraciones públicas y privadas.

  1. RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES CONCEDIDAS

LÍNEA COVID DE AYUDAS DIRECTAS A PERSONAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS PREVISTA EN EL TÍTULO I DEL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19, FINANCIADA POR EL GOBIERNO DE ESPAÑA, REGULADAS POR EL DECRETO-LEY 6/2021, DE 4 DE JUNIO (LÍNEA 2.1: PERSONAS AUTÓNOMAS, EMPRESAS Y GRUPOS DE EMPRESAS CON UN MÁXIMO DE 10 PERSONAS EMPLEADAS).

REF. L2.1/CCSCTF-01/2021.

Subvencionado por: Gobierno de Canarias

Importe concedido: 680.097,71€

Colectivo beneficiario: Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupos de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y, en su caso, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.

Objetivo: Subvención destinada a paliar los daños por la situación de COVID-19.

Finalidad: Realizar pagos pendientes a proveedores y otros acreedores que estén pendientes a fecha 15/06/2021; satisfacer otras deudas financieras o no financieras pendientes a fecha 15/06/2021: incluidas deudas bancarias y las que haya contraído la empresa con socios, administradores o cualquier tercero acreedor no financiero; cubrir las pérdidas acumuladas entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021, puesto que de acuerdo con el marco Europeo de ayudas COVID denominados “costes fijos no cubiertos” coinciden, en todo caso, con las pérdidas acumuladas en el periodo subvencionable.

Resolución de la dirección general de promoción económica, por la que se acuerda la concesión, constitución de lista de reserva, desistimiento, desestimación, exclusión o, en su caso, anulación, de las solicitudes de la línea covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el título i del real decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la covid-19, financiada por el gobierno de españa, reguladas por el decreto-ley 6/2021, de 4 de junio (líneas 2.2 y 2.3: personas autónomas, empresas y grupos de empresas con más de 10 y menos de 50 personas empleadas, y con 50 o más personas empleadas, respectivamente).

Fecha Subvención 13/12/2021